La educación abre
puertas; el no tenerla, las cierra
DERECHO PENAL
La Trata de Personas. Tráfico de Personas
Modus Operandi Detectados
Ø Venta del niño o niña de forma voluntaria: la madre biológica entrega el bebé
para la adopción voluntariamente, a cambio recibe determinada cantidad de
dinero.
Ø Venta del niño o niña por engaño: la madre biológica es engañada para que firme papeles
que no comprende o están en blanco, entregue al bebé, realice algún trámite o
acceda a dar muestras de sangre voluntariamente.
Ø
Venta del niño o niña por coacción: las madres son convencidas por las
“jaladoras” o “enganchadoras” para que entreguen al bebé para la adopción
valiéndose de la situación de vulnerabilidad de las mujeres (pobreza, minoría
de edad, violencia, prostitución, etc.)
Ø Venta del niño o niña por personas
que asumen falsamente la calidad de madre biológica.
Ø
Lavado de niños (child laundering): se
presenta como una modalidad que ocurre cuando en la adopción internacional los
niños son robados, secuestrados o comprados de manera ilegal de sus padres
biológicos, y luego utilizan procesos legales para “lavar” su identidad y de
esta forma “legalizar” el proceso de la adopción del niño.
Fuente de la información: Taller “La Trata de Personas y sus
Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación,
Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio
Público. Caracas-Venezuela.
Frase
reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las
cierra
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