28 de mayo de 2016

28-05-2016 Impugnación (28)

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- 240 Código Orgánico Procesal Penal: autos con trascendencia aflictiva.

- La misma Corte de Apelaciones que decide apelación de sentencias, decide apelación de autos.

- Se saca del 439 Código Orgánico Procesal Penal el auto de sobreseimiento: el sobreseimiento es una sentencia y se apela mediante apelación de sentencia.

- Sobreseimiento temporal.

- Las excepciones que se declaran sin lugar en la fase preparatoria no pueden oponerse nuevamente.

- Las excepciones que se declaran sin lugar en la fase intermedia pueden oponerse en juicio.

- Si hay enfermedad mental cuando el sujeto activo comete el delito, hay ausencia de acción.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

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