Materia: Derecho
Administrativo II
Semestre: Cuarto-Pregrado
EL PODER
PÚBLICO
ESTRUCTURACIÓN
DEL ESTADO
La
Constitución Nacional diseña un modelo de Estado mediante el cual se le otorga a
dicho Estado los poderes necesarios para administrar la vida social.
Nota: Tengamos presente que el Estado es sólo un administrador.
Nota: “Nosotros tenemos un régimen presidencialista
descentralizado”.
Nota: La Constitución establece 3 niveles de poder: el poder municipal, el poder estadal y el poder nacional. El poder municipal está de primero
porque dicha Constitución del 99 le da una importancia preponderante a los
municipios. Por eso el primer poder, es el poder municipal; nombrado en el artículo 136 de la CN.
El poder municipal por sus atribuciones
y funciones constitucionales, tiene la salvaguarda sobre aquellos elementos más
cercanos al ciudadano: lo que tiene que ver con la calidad de vida, entre otros
aspectos.
De igual manera el poder municipal es la forma de
ejercicio de poder que más a tiende a la forma de vida diaria del ciudadano.
Nota: Los
municipios no dependen de lo que diga la Constitución. La
Constitución dice que los municipios tienen que tener unas características
específicas: la característica principal es que se tienen que auto-sostener.
El municipio no puede ser carga para el Estado.
Nota: Cada uno de los niveles del poder viene dividido por la Constitución: el poder nacional viene dividido por 5 poderes, ya que a éste poder se le
incorporaron 2 poderes nuevos: el poder ciudadano y el poder electoral.
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