No. Expediente: 16-0397
Procedimiento: Constitucionalidad
de ley
Partes: Nicolás Maduro
Moros
Decisión: Se Declara la Inconstitucionalidad
de la Ley
Ponente: Lourdes
Benicia Suárez Anderson
Fecha: 06-may-2016
Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia
Declarada inconstitucional Ley de
Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda
Venezuela
Ley sancionada por
Asamblea Nacional es regresiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y Otros Programas Habitacionales del Sector Público, sancionada por la Asamblea Nacional el 13 de abril del año en curso.
Este pronunciamiento
responde a la solicitud realizada por el Presidente de la República, en ejercicio
del control preventivo de la constitucionalidad de las leyes previsto en el
artículo 214 de la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
En el fallo se concluye
que la referida Ley resulta en su conjunto inconstitucional al imponer una
regresión en cuanto a la materialización del derecho a una vivienda digna, por
cuanto contraviene los fines del Estado Democrático y Social de Derecho y de
Justicia por no garantizar el ejercicio pleno del derecho de las familias a
tener un hogar, además de no haber cumplido con las formalidades esenciales del
procedimiento de formación de leyes previstas en el Reglamento Interior y de
Debates de la
Asamblea Nacional.
A la anterior decisión
se arribó luego de analizar los principios constitucionales propios del Estado
Social y Democrático de Derecho y de Justicia por cuanto si bien los derechos
constitucionales a una vivienda digna y de propiedad no son incompatibles para
garantizar el primero, es preciso imponer límites a la propiedad de las viviendas
de interés social para impedir que los adjudicatarios de las mismas resignen
dicho derecho por razones económicas y se desvirtúe la función social de dicha
propiedad para favorecer al mercado inmobiliario.
DECISIÓN
Por las razones
que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional,
administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la INCONSTITUCIONALIDAD
de la Ley de Otorgamiento de
Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y Otros Programas Habitacionales del Sector
Público, sancionada por la
Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del 13 de abril de
2016. En consecuencia, SE ORDENA la publicación íntegra del presente
fallo en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela y en la
Gaceta Judicial, en cuyos sumarios deberá indicarse lo
siguiente: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, que declara la inconstitucionalidad de la Ley de Otorgamiento de Títulos
de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y Otros Programas
Habitacionales del Sector Público, sancionada por la Asamblea Nacional
en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2016”.
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