Todo lo accesorio sigue la suerte de lo
principal
JORGE SALAZAR RANGEL
SUCESIONES
TEMA 5 LA COLACIÓN E IMPUTACIÓN
¿CUÁNDO SE DISPENSA LA COLACIÓN?
1.- Por renuncia al derecho de exigir la colación.
2.- Por pérdida fortuita del bien donado: Ya aquí no hay bien.
3.- Por compensación: Aquí no tendría razón de ser, ya que tenemos por ejemplo,
un hermano que tiene un carro valorado en 50.000 Bs.F. y una hermana que tiene
otro bien por igual precio.
4.- Por ejecución o cumplimiento de la colación.
Frase reflexiva:
Todo lo accesorio sigue la suerte de lo
principal
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