18 de mayo de 2016

18-05-2016 Sucesiones (25)

Frase reflexiva:
Todo lo accesorio sigue la suerte de lo principal

JORGE SALAZAR RANGEL

SUCESIONES
TEMA 5 LA COLACIÓN E IMPUTACIÓN

MODOS DE HACER LA COLACIÓN
1097 C.C.

Art. 1097 C.C.: “La colación se hace, sea presentando la cosa en especie, sea haciendo que se impute su valor a la respectiva porción, a elección del que hace la colación.

Hay 2 modos:

1.- La colación propiamente dicha: Es llevando hipotéticamente los bienes a la masa hereditaria.

2.- Por imputación (1099 C.C.): Se hace dándole el valor que ese bien tiene.

- Art. 1099 C.C.: “La colación por imputación se hará atendiendo al valor del inmueble en el momento de la apertura de la sucesión.

En el 1099 estamos hablando del valor actual que tiene el bien. Dicho artículo está en concordancia con el 1006 con relación a los bienes muebles pero tratándose de cosas fungibles.

- Art. 1106 C.C.: “La colación de los muebles se hace por imputación y atendido el valor que tenían cuando se verificó la donación, si se trata de cosas de consumo o fungibles. En los demás casos de muebles, la imputación se hará conforme lo dispuesto para los inmuebles en los artículos anteriores.

Nota: Los bienes muebles si se tratan de fungibles, se les da el valor cuando ocurre la donación; los otros se equiparán a los inmuebles y se les da el valor cuando se apertura la sucesión.

Art. 1100 C.C.: “En todo caso deberán abonarse al donatario las impensas con que haya mejorado la cosa, habida consideración a su mayor valor en el momento de la apertura de la sucesión.

Nota.- Leer artículo 1101 C.C.

Art. 1102 C.C.: “El donatario, por su parte, será responsable de los deterioros y desmejoras provenientes de hecho, culpa y negligencia suyas, que hayan disminuido el valor del inmueble.

Las mejoras que se le pongan al bien se tienen que pagar, como también los gastos hechos por el donatario para la conservación de la cosa aunque no la haya mejorado; y si el bien tiene algo desmejorado, se tienen que restituir los deterioros por parte del donatario.

Frase reflexiva:
Todo lo accesorio sigue la suerte de lo principal

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