23 de abril de 2016

23-04-2016 Identificación (41)

Frase reflexiva:
En la vida cuando te toca, ni aunque te quites; y si no te toca, ni aunque te pongas

LEY ORGÁNICA DE IDENTIFICACIÓN

Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.155, de fecha 19 de noviembre de 2014

Capítulo VI
De las sanciones penales

Artículo 41. Documento falso. La persona que intencionalmente haga uso de una tarjeta de nacimiento hospitalaria, acta de nacimiento, cédula de identidad, pasaporte o documento de viaje, cuyos datos sean falsos o estén alterados, de modo que pueda resultar en perjuicio de los particulares, será penada con prisión de uno a tres años.

Pena Corporal: 1 a 3 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 2 años de prisión.

Frase reflexiva:
En la vida cuando te toca, ni aunque te quites; y si no te toca, ni aunque te pongas

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