En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
DERECHO ROMANO (I)
JORGE L SALAZAR R
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
LA PATRIA POTESTAD
* Disolución del Matrimonio
1) La
muerte de uno de los cónyuges.
2) La
pérdida de la libertad de alguno de los esposos, o sea, por la Capitis Diminutium Máxima sufrida por uno de ellos.
3) De
la pérdida de ciudadanía de uno de ellos, o sea, por la Capitis Diminutium Media sufrida por cualquiera de los cónyuges.
4) Del
divorcio, o sea, la pérdida de la “Affectio
Maritalis” en uno de los cónyuges, o en ambos.
Esta
última forma de disolverse el Matrimonio hay que distinguir si se trata de Matrimonio Cum Manus o de Matrimonio Sine Manus. En el Matrimonio Cum Manus (1er caso) la
mujer no podía imponer el divorcio a su marido; y en el Matrimonio Sine Manus (2do caso) como se consideraba un estado de
hecho, como cierto género de vida que suponía el consentimiento mutuo de los
esposos, cuando terminaba ese acuerdo de voluntad había un divorcio.
Frase
reflexiva:
En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
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