En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
DERECHO ROMANO (I)
JORGE L SALAZAR R
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
LA PATRIA
POTESTAD
- En Cuanto a los Bienes
El
“Pater Familae” le cedía una parte de administración de sus bienes a su hijo, y
si éste le empeoraba la condición del cúmulo de bienes que le dio, es decir, se
endeudaba, era responsabilidad de él (del hijo) y si le beneficiaba le
correspondía al “Pater Familae”.
Algunos derechos que inciden
directamente o indirectamente sobre los bienes:
1) El
derecho de nombrar tutores para sus hijos y para su mujer después de su muerte.
2) El
derecho a nombrar un heredero, y además un heredero para su heredero después de
muerto éste. Si muere antes de tener edad para hacer testamento.
3) El
derecho a recuperar un hijo y nieto detenido por deudas y de abandonarlos
cuando causen un daño a otra persona.
4) El
derecho a demandar y cobrar por daños contra algún miembro de su familia.
5) El
derecho a adquirir todos los bienes y créditos obtenidos por actos celebrados
por sus hijos o nietos.
Frase
reflexiva:
En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
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