En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
DERECHO ROMANO (I)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
LA ADOPCIÓN
- Efectos de la
Adopción (Adrogación)
Los
efectos esenciales de la
Adrogación era hacer sufrir:
1) Al
adrogado una Capitis Diminutium Mínima. Su Status Libertatis y su Status
Civitatis quedaban intactos, pero perdía su Status Familae (pierde su condición
de jefe de familia) al cambiar la familia, de Sui Juris que era antes pasaba
hacer Alieni Juris bajo la
Patria Potestad del adrogante sobre el adrogado, así sobre
todas las personas sometidas al poder de éste.
2) Los
bienes que poseía el adrogado pasan a manos del adrogante, quien los adquiere a
titulo universal, pero no adquiere la deuda el adrogante del adrogado, ni los
derechos a favor de 3eros. (Quien puede lo más puede lo menos).
3) Aprobada
la adrogación tiene lugar la “Destitulatio
Sacrario”, o lo que es lo mismo, Abandono de los Ritos del Culto Familiar
hechos por el adrogado.
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
Frase
reflexiva:
En la vida cuando te toca, ni aunque te
quites; y si no te toca, ni aunque te pongas
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