27 de marzo de 2016

27-03-2016 Penal (14)

La Extradición: Es el acto por el cual un Estado, en el cual se encuentra un sujeto reclamado por la comisión de un delito, lo entrega a otro Estado que lo requiere por tener competencia para juzgarlo o para la ejecución de una pena impuesta.

El Estado que solicita la entrega del sujeto se denomina requirente y el Estado a quien se le solicita la entrega, requerido.

El tema de la extradición, tiene mucho que ver con relación al Derecho Internacional y al Derecho Procesal.

INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DEL DELITO

Delito: Acción típicamente, anti-jurídica, culpable, imputable, que genera una sanción que se aplica sobre un sujeto determinado y genera una pena.

- Artículo # 1 (C.P.): “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente.

Los hechos punibles se dividen en delitos y faltas.

De igual manera tengamos presente, que el delito, es el acto típicamente anti-jurídico culpable, sometido a condiciones de penalidad imputables al hombre. Y sometido a una sanción penal.

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