27 de marzo de 2016

27-03-2016 Penal (43)

Clasificación de las Penas

El C.P.V. clasifica las penas en: corporales o restrictivas de libertad, y no corporales; y en principales y accesorias.

- Corporales o restrictivas de libertad: Internan a la persona que cometió un delito en centros de reclusión; limitándole así, el atributo fundamental del hombre, que es su libertad. Afectan en mayor o menor grado la libertad del sujeto.

De acuerdo con el artículo 9 del Código Penal, son las siguientes:

a) Presidio: Es la pena más grave. Según el artículo 12 del C.P., se cumplirá en las penitenciarías que establezca y reglamente la ley.

Sus características son las penas accesorias, la cuales son las siguientes:

a. 1 la interdicción civil durante el tiempo de la condena.

a. 2 la inhabilitación política durante el mismo lapso.

a. 3 la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una 4ta parte del tiempo de la condena, una vez terminada ésta.

Nota: Tengamos presente, que la condenación a presidio constituye, según el artículo 185 del Código Civil, causal de divorcio.

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