Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Congruencia entre el acto de imputación y la acusación
Martes, 14 de
Febrero de 2012
Es
criterio reiterado de la Sala
de Casación Penal, la necesaria congruencia que debe existir entre el acto de
imputación y la acusación, lo cual no se observa de modo estricto en el caso de
marras, donde la fiscalía, ante una cambio en la calificación debió haber
imputado de nuevo, y así, pasar luego a acusar en los mismos términos. Por tal
razón, lo ajustado a derecho es que se realice de nuevo el acto formal de
imputación a los fines de garantizar cabalmente el derecho a la defensa de los
imputados (...omisis...)
La referida congruencia debe ser tanto positiva como negativa, vale decir, se debe acusar por los mismos delitos por los que se impute y al mismo tiempo, no se debe guardar silencio respecto de aquellos delitos por los que se impute y luego no se acuse, de modo que el acto conclusivo debe incluir todos los delitos imputados.
La referida congruencia debe ser tanto positiva como negativa, vale decir, se debe acusar por los mismos delitos por los que se impute y al mismo tiempo, no se debe guardar silencio respecto de aquellos delitos por los que se impute y luego no se acuse, de modo que el acto conclusivo debe incluir todos los delitos imputados.
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