27 de marzo de 2016

27-03-2016 Penal (21)

La Estructura del Delito: Se estructura en cuatro elementos sustanciales:

a) Sujeto activo: Es el que ejecuta el hecho.

b) Sujeto pasivo: Es quien sufre el daño (la víctima).

c) El objeto jurídico: Es la protección que está tutelada por el Estado.

d) El objeto material: Es la acción que impone el Estado, es decir, la imposición. En materia penal, es una pena.

LA ACCIÓN

Acción: Es la conducta exterior del sujeto activo, que se manifiesta por una acción propiamente dicha o por una omisión.

Otros autores hablan de una conducta positiva o negativa, y la cual causa voluntariamente un resultado típico dañoso.

Resultado: Es la consecuencia de la manifestación de voluntad que exterioriza el sujeto activo.

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