a) Elementos Normativos: Son aquellos que vienen de la normativa natural de la
sociedad, que no aparecen plasmados en el ordenamiento jurídico penal, pero son
de obligatorio cumplimiento.
b) Elementos Subjetivos: Aparecen descritos en la ley penal, porque el legislador ha considerado
que son obligatorios para regular la convivencia social.
Ejemplo: tenemos
una semejanza entre el artículo 405 y 430 del Código penal, la cual es, el que ocasionara la muerte intencionalmente a otra persona.
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