27 de marzo de 2016

27-03-2016 Penal (27)

Delito de Daño: Un hurto, por ejemplo.

Delito de Peligro: Un homicidio, por ejemplo.

Delitos Unisubsistentes: Aquí, solamente abarca un delito.

Delitos Plurisubsistentes: Y en este otro, se abarcan 2 ó más delitos.

Atipicidad: Es todo lo contrario de la tipicidad. Que no está plasmado en la ley.

LA ANTIJURICIDAD: Es el 3er elemento positivo del delito.

Jiménez de Asúa, dice que es todo lo contrario del derecho, es decir, todo lo contrario de las buenas costumbres.

Antijuricidad Formal: Es formal cuando se triplica la contradicción, entre un hecho de la vida real y el contenido del ordenamiento jurídico.

Antijuricidad Material: Es cuando se trata de la contradicción, violando intereses fundamentales de la sociedad. Va en contra de la sociedad.

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