1. Ser
el reo menor de veintiún años y mayor de dieciocho cuando cometió el delito.
2. No
haber tenido el culpable la intención de causar un mal de tanta gravedad como
el que produjo.
3.
Haber precedido injuria o amenaza de parte del ofendido, cuando no sea de tal
gravedad que de lugar a la aplicación del artículo 67.
4.
Cualquier otra circunstancia de igual entidad que a juicio del Tribunal aminore
la gravedad del hecho.
Objetivo del Derecho Penal: Su objetivo es, tipificar
los delitos y las sanciones.
El
Derecho Penal busca el bien colectivo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!