Lo tenemos contemplado en el artículo
54 donde el funcionario público
utiliza para su beneficio propio bienes del patrimonio público que están bajo
su responsabilidad o permite que se utilicen dichos bienes con su anuencia.
De igual forma opera cuando se
utilizan trabajadores del Estado para un beneficio propio. Ejemplo: una funcionaria pública que labore como doméstica en la
casa de un funcionario público.
También en la última parte del 54 tenemos a la persona que utilice un
bien del patrimonio público con anuencia del funcionario público respectivo.
Allí tenemos como una especie de cierta complicidad. Ejemplo: que un familiar de algún funcionario público, con la
autorización de éste, tenga una línea telefónica donde los cargos respectivos
se facturen al Estado.
Nota.- El origen del
peculado viene de Roma constituido como peculatus,
donde se constituía la acción de apoderamiento de los bienes del Estado.
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