2 de abril de 2016

02-04-2016 Penal (60)

SUPUESTOS CUANDO SIN NECESIDAD DE VIOLENCIA FÍSICA SE CONSIDERA LA EXISTENCIA DE ELLA

Dichos supuestos ocurren en los siguientes casos de los literales 1 al 4 del 374 C.P., donde está presente una violencia inductiva ya que se debe presumir en tales situaciones:

1) Aquí importa la edad, ya que si se conviene tener relaciones sexuales con una niña menor de 13 años y ésta acepta, se presume que hay una violación y una violencia inductiva, ya que ésta niña no tiene libertad sexual para decidir.

2) Aquí es de suma importancia la relación que haya entre la víctima y el victimario, ya que también se habla de tutor y pupilo, entrenador y entrenado, etc.

3) En este caso estaríamos hablando por ejemplo, de que una persona le va a llevar algo a otra para un internado, y ésta última tiene que primero convenir un acto sexual con el custodio para permitirle el acceso a la visita.

4) Aquí hablaríamos de una persona parapléjica o perturbada mental, la cual no tiene forma de hacer oposición al delito de violación, y en consecuencia, se presume la violación. De igual manera cuando se le dan sustancias psicotrópicas a una persona y se aprovechan de tal circunstancia para violarla, y también, cuando utilizan un medio fraudulento y esa persona no está en capacidad de resistir eso, por ejemplo: que le den una pastilla excitante a la víctima.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!