2 de abril de 2016

02-04-2016 Penal (71)

DELITO DE INCESTO.-
Dicho delito se refiere a las relaciones que hay entre parientes que se constituyen en delito cuando generen escándalos públicos. Ejemplo: una relación entre hermanos.

Nota.- Si los hermanos no conocen su parentesco, no habrá delito, ya que no mediaba la intención.

Nota.- El delito tiene que generar escándalo público para que se trate como tal.

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