2 de abril de 2016

02-04-2016 Penal (79)

EL DELITO DE FALSO TESTIMONIO

El delito de falso testimonio se comete contra la administración de justicia (sujeto pasivo) y requiere de condiciones específicas y especiales; la persona que lo cometa debe tener la condición de testigo; el BJT en el falso testimonio es la sana y correcta administración pública en base a la verdad; el elemento material es la verdad, ya que cuando se miente se daña la obtención de dicha verdad.

Dicha condición es dada por circunstancias desde el punto de vista del hecho y desde el punto de vista del derecho: al hablar desde el punto de vista del hecho se refiere a toda persona que tenga conocimiento de un hecho el cual fue percibido por uno de sus 5 sentidos, puesto que aquí se llega a dicha condición de testigo a través del ejercicio de uno de esos 5 sentidos; y desde el punto de vista del derecho nos quiere decir que la persona tiene que ser ofertada y admitida como testigo de la administración pública, ya que dicha persona puede ser testigo desde el punto de vista del hecho, pero si la autoridad pública no lo admite, no es considerado testigo.

Para ser testigo hace falta ser propuesto u ofertado -como se explico anteriormente- en una causa penal, y, ser admitido. Se pueden ofertar 20 testigos, por ejemplo, y admitir 2. Eso sucede porque en Venezuela existe el Control de la Prueba. El Juez debe estudiar la pertinencia y necesidad de esa prueba.

Nota.- Los testigos son medios de pruebas fundamentales.

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